En el marco del XVI Congreso Nacional de Registración de Automotores, realizado los días 15 y 16 de octubre de 2026, la Asamblea del Colegio de Registradores (AAERPA) elaboró una declaración institucional sobre el presente y el futuro del sistema registral automotor argentino.

El documento, presentado formalmente ante la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) el 27 de octubre, expresa la voluntad del Colegio de participar activamente en la transformación del sistema, promoviendo la modernización, la simplificación y la incorporación de nuevas tecnologías, sin resignar la seguridad jurídica, el control de legalidad y la responsabilidad registral.

A continuación, compartimos el texto completo de la declaración.

 

DECLARACIÓN DE LA ASAMBLEA DEL COLEGIO DE REGISTRADORES AAERPA

 

XVI  Congreso Nacional de Registración de Automotores

 

El futuro del Registro: innovación, seguridad jurídica y confianza institucional Reunidos en Asamblea en el marco del XVI Congreso Nacional de Registración de Automotores, los miembros del Colegio de Registradores afirmamos nuestra voluntad de participar activamente en la transformación del sistema registral automotor argentino. No defendemos la conservación del sistema tal como hoy existe. Reconocemos la necesidad de modernizarlo, simplificarlo y adecuarlo a las posibilidades que ofrecen la digitalización, la interoperabilidad, la automatización y las nuevas formas de relación entre el Estado y los ciudadanos. Pero modernizar exige distinguir entre las formas que pueden cambiar y las funciones que deben preservarse. El papel puede desaparecer. La presencialidad puede dejar de ser obligatoria. Algunos controles objetivos pueden automatizarse. Los procedimientos pueden simplificarse y la tecnología puede permitir una prestación más rápida, eficiente y accesible. Lo que no puede desaparecer con esas formas es aquello que constituye la razón de ser de la registración: la seguridad jurídica, el control de legalidad, la imparcialidad, la responsabilidad y la confianza en los resultados del sistema. Qué hace que un Registro sea un Registro Partimos de una convicción: un Registro jurídico no es una mera base de datos. Una base de datos puede almacenar información, integrar fuentes, contrastar datos, detectar inconsistencias y ofrecer información actualizada con extraordinarios niveles de eficiencia y seguridad tecnológica. El Registro agrega algo diferente: cualifica jurídicamente la información. Entre la pretensión de quien solicita una inscripción y el efecto registral existe una actuación institucional destinada a determinar qué puede ingresar, bajo qué condiciones y con qué efectos. La información registral es el resultado de un procedimiento jurídicamente organizado y de una decisión a la que el ordenamiento atribuye consecuencias. Esa cualificación produce seguridad y confianza, pero también genera valor. La certeza acerca de quién es titular, quién puede disponer, qué gravámenes existen y qué restricciones afectan a un bien reduce la incertidumbre y evita que cada participante deba reconstruir por sí mismo su historia jurídica. Facilita la circulación de los bienes, su utilización como garantía y reduce los riesgos asociados al crédito. Por eso, el costo del Registro tampoco puede evaluarse únicamente a partir de aquello que resulta visible. Junto con los aranceles, requisitos y tiempos deben considerarse las verificaciones que dejan de ser necesarias, los riesgos que se reducen, los fraudes que se previenen y los conflictos que no llegan a producirse. Esto no justifica conservar procedimientos innecesarios. Por el contrario, todo requisito que haya perdido su finalidad debe eliminarse y toda función que la tecnología pueda cumplir con igual o mayor seguridad y menor costo debe ser transformada. Pero antes de suprimir un control debemos saber qué riesgo administraba y cómo será administrado en el nuevo sistema. Desde esta concepción formulamos nuestra posición. 1. Modernización con seguridad jurídica Acompañamos la modernización integral del sistema registral automotor. Promovemos la digitalización, la interoperabilidad, la simplificación de procedimientos, el acceso remoto y la automatización de los controles objetivos. Sostenemos, al mismo tiempo, una distinción fundamental: automatización y validación informática no equivalen a calificación jurídica. Todo lo automatizable debe ser automatizado. Todo aquello que implique ejercicio de competencia, calificación jurídica y decisión registral debe permanecer bajo la responsabilidad de quien se encuentra jurídicamente investido para ejercerla. 2. RUNA y la responsabilidad por la decisión registral Consideramos al RUNA como parte del proceso de modernización y reconocemos las posibilidades que ofrece para simplificar y mejorar la inscripción de automotores. Precisamente por ello, sostenemos que su desarrollo debe preservar con claridad la identificación de quien ejerce la función registral. Toda inscripción realizada a través del RUNA debe encontrarse jurídicamente atribuida a un Registrador competente, responsable del control de legalidad y de la emisión o asunción como propio del acto administrativo registral. La tecnología debe liberar al Registrador de tareas mecánicas y concentrar su actuación allí donde agrega valor jurídico: calificar, resolver, decidir y responder. 3. Sustentabilidad de los Registros y remuneración de sus responsables La sustentabilidad económica de los Registros Seccionales es una condición para la continuidad y calidad del servicio público. Mientras el sistema mantenga en cabeza de los Encargados la obligación de sostener personal, inmuebles, equipamiento, sistemas e insumos, y les atribuya responsabilidades personales, profesionales, funcionales y patrimoniales, debe garantizar simultáneamente los recursos necesarios para afrontar esos costos y una remuneración razonable por la función ejercida. La denominada ecuación de subsistencia no expresa una pretensión de rentabilidad garantizada. Determina el límite por debajo del cual la unidad registral deja de ser viable y comienza a comprometerse la prestación del servicio. Reclamamos, por ello, una revisión integral de aranceles, emolumentos, costos del servicio, ecuación de subsistencia y saldo remanente, considerando al sistema como una unidad económica y funcional. 4. Titularización de la función registral Reclamamos avanzar de manera efectiva y progresiva en la titularización de los Registros Seccionales. La existencia prolongada de Registros vacantes o intervenidos no puede convertirse en el modo ordinario de organización del sistema. La cobertura debe realizarse mediante concursos y, cuando corresponda, mediante el traslado de Encargados Titulares a Registros vacantes, aprovechando la experiencia e idoneidad de quienes ya accedieron legalmente a la función y la han ejercido efectivamente. Ello, teniendo especialmente en cuenta la situación de quienes ejercen ininterrumpidamente la función desde hace largos años y que, como consecuencia de la falta de convocatoria oportuna a concursos y de regularización por parte de la Administración, hoy no reúnen alguno de los requisitos previstos en el artículo 2° del Decreto 644/89. Estas situaciones deberán ser consideradas individualmente, ponderando el prolongado ejercicio de la función y resguardando los derechos y situaciones jurídicas consolidadas durante ese período. Titularizar no significa simplemente cubrir una oficina. Significa identificar con claridad a la persona investida de competencia y responsable de la calificación, del control de legalidad, de la gestión y de las consecuencias jurídicas de su actuación. 5. Digitalización del archivo de Legajos B Digitalizar el archivo de Legajos B no consiste simplemente en escanear documentación. Los Registros Seccionales custodian legajos formados desde 1962, cuya composición refleja más de seis décadas de evolución documental y registral. Su transformación en un archivo digital exige identificar los instrumentos jurídicamente relevantes, preservar aquellos que constituyen soporte documental de derechos o antecedentes registrales y asegurar la correspondencia entre la documentación física y su representación electrónica. Las operaciones materiales de escaneo, indexación y carga pueden organizarse y automatizarse de la manera más eficiente. Lo que requiere intervención profesional es la calificación de la documentación, la determinación de aquello que debe integrar el archivo digital, la verificación de su correspondencia con el Legajo B y la certificación del resultado del proceso. Por ello sostenemos que la digitalización debe realizarse bajo la dirección, calificación, control y responsabilidad de los Encargados responsables de su guarda. Se trata de transformar un archivo jurídico construido durante más de sesenta años en un nuevo soporte sin perder su integridad, valor probatorio y utilidad para la calificación futura. 6. Un solo Registro, distintas puertas La digitalización debe ampliar las posibilidades del ciudadano, no reducirlas. Propiciamos un procedimiento registral crecientemente digital, accesible en forma remota por quien pueda y quiera utilizarlo, pero que preserve una red presencial para quien necesite asistencia, asesoramiento o plantear situaciones que no puedan resolverse mediante una secuencia automatizada. La organización territorial puede y debe revisarse a la luz de las nuevas tecnologías y de las necesidades reales de la población. Pero cualquiera sea el canal de acceso, debemos garantizar el mismo derecho, la misma seguridad jurídica y la misma calidad del servicio. 7. Nuestro compromiso con la calidad del servicio No reclamamos preservar una función para ejercerla como siempre. Reclamamos participar de su transformación y asumimos la obligación de transformarnos con ella. Nos comprometemos a reducir tiempos de respuesta, utilizar plenamente las herramientas digitales disponibles, profesionalizar la organización de nuestras oficinas, capacitar permanentemente a nuestros equipos, uniformar buenas prácticas y mejorar la atención y el asesoramiento a los ciudadanos. Como Colegio asumimos el compromiso de desarrollar estándares comunes de gestión y atención, programas de capacitación permanente y mecanismos que permitan extender las buenas prácticas a toda la red registral. El reconocimiento de nuestra función y la sustentabilidad de nuestras oficinas tienen como contrapartida una obligación igualmente clara: demostrar su valor mediante la calidad del servicio que prestamos todos los días. 8. Una verdadera mesa de trabajo Solicitamos la constitución de una mesa permanente y efectiva de trabajo entre el Ministerio de Justicia, la DNRPA y el Colegio de Registradores. Nuestra participación no puede limitarse a conocer decisiones una vez adoptadas. Debe producirse en tiempo oportuno, con información suficiente y participación sustantiva en el análisis de alternativas y la evaluación de impacto. Los Registradores conocemos los procedimientos reales, las excepciones que deben contemplar los sistemas, los costos de prestación, las dificultades de implementación y las necesidades cotidianas de los usuarios. Ese conocimiento constituye un insumo necesario para una transformación eficaz. La agenda deberá incluir, entre otras cuestiones, RUNA y calificación registral; arquitectura de la digitalización; digitalización del archivo de Legajos B; reorganización territorial; cobertura y titularización de Registros; sustentabilidad económica; aranceles y emolumentos; estándares de calidad y atención; y planificación de las siguientes etapas de modernización. No pretendemos sustituir a la autoridad de aplicación ni reivindicamos potestades regulatorias que corresponden al Estado. Tampoco reclamamos un poder de veto. Reivindicamos nuestra legitimidad y nuestra responsabilidad de participar activamente en la construcción del sistema que diariamente debemos hacer funcionar. El Registro que queremos construir El Colegio de Registradores no pide detener la transformación. La impulsa y quiere ser parte de ella. No defendemos el papel cuando puede ser sustituido con mayor seguridad y eficiencia. No defendemos la presencialidad obligatoria cuando el ciudadano puede ejercer sus derechos en forma remota. No defendemos controles manuales cuando la tecnología puede realizarlos mejor. Defendemos aquello que permite que un Registro siga siendo un Registro: la calidad jurídica de la información, el control de legalidad, la imparcialidad, la competencia, la responsabilidad y una decisión registral jurídicamente atribuible a quien se encuentra investido para adoptarla. En el régimen automotor esta exigencia adquiere especial relevancia porque la inscripción tiene carácter constitutivo. Preguntar quién inscribe significa identificar quién adopta la decisión a la que el ordenamiento atribuye la constitución o transmisión del derecho real. Pero la intervención del Registrador en el control de legalidad y en la decisión de inscripción no es solamente una exigencia jurídica del acto registral. Es también una de las condiciones que permiten mantener la calidad de la información que ingresa al sistema y conservar el error dentro de niveles excepcionales. Ningún Registro es infalible. La responsabilidad permite reparar las consecuencias del error cuando ocurre. El control de legalidad procura evitarlo. Un sistema registral necesita ambas cosas. La ley puede atribuir a la inscripción efectos jurídicos, presunciones y oponibilidad. Pero ninguna norma puede imponer por sí sola confianza social. La confianza depende de que la experiencia confirme, de manera sostenida, que aquello que el Registro publica es suficientemente confiable para actuar sobre su base. Si los errores dejan de ser marginales; si consultar el Registro deja de resultar suficiente; si ciudadanos, profesionales y operadores económicos comienzan a verificar sistemáticamente por otras vías aquello que el Registro informa, reaparecen la incertidumbre, los costos de verificación y los conflictos que la institución estaba destinada a reducir. La responsabilidad posterior podrá reparar daños individuales, pero no sustituirá la pérdida de confiabilidad general del sistema. Por eso preservar un control profesional, imparcial y responsable no significa defender al Registrador frente a la tecnología. Significa preservar las condiciones que hacen posible al Registro como institución de confianza. Queremos un Registro más simple, más digital, más eficiente y más accesible; jurídicamente seguro y socialmente confiable. Un Registro capaz de transformar profundamente sus instrumentos sin perder aquello que justifica su existencia. El Colegio de Registradores no pide que la transformación se detenga. Pide participar en ella y asume la responsabilidad de contribuir a que el Registro del futuro sea mejor que el que recibimos: más moderno en sus herramientas, más eficiente en su gestión y suficientemente confiable para que la sociedad pueda seguir actuando con seguridad sobre la base de aquello que el Registro publica.