Por Decisión Administrativa N° 524 del 18 de abril de 2020, y DDN 83-2020 se decidió que a partir del día 22 de abril de 2020, los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor en todas sus competencias con sede en las provincias de BUENOS AIRES, CATAMARCA, CHACO, CHUBUT, CÓRDOBA, CORRIENTES, ENTRE RÍOS, FORMOSA, JUJUY, LA PAMPA, LA RIOJA, MENDOZA, MISIONES, NEUQUÉN, RÍO NEGRO, SALTA, SAN JUAN, SAN LUIS, SANTA CRUZ, SANTA FE, TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES retomarán la prestación del servicio a su cargo. Teniendo en cuenta los siguientes recaudos:
– La atención al público se limitará a aquellas personas que contaren con turnos previamente asignados por vía electrónica a través de la página web del organismo (www.dnrpa.gov.ar).
– Los Registros Seccionales deberán instalar barreras físicas de separación entre el personal del Registro Seccional y el público usuario. A tal efecto, deberán adecuar sus instalaciones en el plazo de UNA (1) semana a partir del dictado de la presente.
– El horario de cierre de la atención al público de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor en todas sus competencias, se extenderá en 2 (horas) durante la vigencia de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.