De este modo, no deberán llevar un comprobante físico del CETA alregistro nacional de propiedad automotor, dado que éste contará la informacióndel trámite realizado ante la AFIP.

El CETA es un documento obligatorio siempre que el valor de venta del vehículo sea igual o mayor a los $100.000.

Así lo dispuso la AFIP a través de la Resolución General 4345 que se publicará mañana en el Boletín Oficial y que detalla las condiciones para completar en la página web del organismo este trámite, que antes debía realizarse con clave fiscal o por teléfono.

Al ingresar a la web, las personas deberán informar los datos del vehículo, de los transferentes, adquirientes y luego confirmar el trámite.

De este modo, no deberán llevar un comprobante físico del CETA al registro nacional de propiedad automotor, dado que éste contará la información del trámite realizado ante la AFIP.

Cabe destacar que obtener el CETA en la web oficial de AFIP es fácil, gratuito y, sobre todo, seguro.

Además, no se necesitan intermediarios ni gestores. Cabe recordar que proporcionar la clave fiscal a desconocidos pone en riesgo a los contribuyentes.

A través de esta medida, la AFIP busca lograr que cada vez haya más operaciones que se puedan hacer digitalmente.

A través de esta medida, la AFIP busca lograr que cada vez haya más operaciones que se puedan hacer digitalmente.

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